En Panamá se ha sancionado una serie de leyes para insertar a las personas con discapacidad a la vida laboral, una de las más importantes es la Ley N.° 42 del 27 de agosto de 1999, que establece la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad

En marzo, dedicado al síndrome de Down por celebrarse el 21 su día mundial, reflexionamos acerca de la posición en el ámbito social de las personas que tienen esta alteración genética, entendiendo que dicha posición responde a preceptos culturales muy arraigados, pero que han ido cambiando en favor de estas personas. Revisamos la noción que la sociedad tiene de los conceptos de inclusión, exclusión y segregación con respecto a las personas con síndrome de Down y de otras condiciones en general. Al respecto, encontramos cambios positivos y avances en cuanto a la posición que tienen las personas con discapacidad dentro de la sociedad.

Ciertamente, hay un cambio positivo que comienza en el interior de la familia y pasa por la escuela hasta llegar al ámbito laboral. La mayoría de los países de occidente por medio de sus legislaciones garantizan los derechos humanos de las personas que presentan algún tipo de discapacidad; teóricamente, las personas con discapacidad física e intelectual tienen derecho a la colocación laboral, es decir, tienen derecho a ejercer un oficio y a recibir salario con beneficios y demás disposiciones de ley.   

Las personas con discapacidad física e intelectual tienen derecho a la colocación laboral, es decir, tienen derecho a ejercer un oficio y a recibir salario con beneficios y demás disposiciones de ley

En Panamá se ha sancionado una serie de leyes para insertar a las personas con discapacidad a la vida laboral, las más importantes son la Ley N.° 42 del 27 de agosto de 1999, que establece la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad, reglamentada por el Decreto Ejecutivo N.° 88 de 12 de noviembre de 2002; la Ley N.° 25 del 10 de julio de 2007, que aprueba la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptados en Nueva York por la Asamblea General de la ONU el 13 de diciembre de 2006; y La Política de Discapacidad de la República de Panamá de 2009.

Según la Ley N.° 42 de 27 de agosto de 1999, las personas con discapacidad tienen derecho a optar por un empleo productivo y remunerado, en igualdad de condiciones. Las políticas y programas de contratación y ascenso, condiciones de empleo, tasas de remuneración, ambiente laboral y de reinserción de los trabajadores lesionados en accidentes laborales, deben ser equitativos. En los casos en que las personas con discapacidad apliquen para un puesto de trabajo en igualdad de calificaciones, estas deberán ser consideradas prioritariamente para ocupar la posición[1].

Sin embargo, algunas organizaciones consideran que las leyes no son lo suficientemente claras con respecto a la discapacidad intelectual, y esto afecta a las personas con síndrome de Down. Estas organizaciones alegan que los empleadores desoyen las leyes o se basan en los vacíos jurídicos para no emplear a estas personas. En este caso, se cuestionan los avances de inclusión social, lo que resulta incompresible en una sociedad que ha dado apertura a las personas con síndrome de Down, pero entonces esa apertura no parece completa.

Algunas organizaciones consideran que las leyes no son lo suficientemente claras con respecto a la discapacidad intelectual, y esto afecta a las personas con síndrome de Down

De todo ello se desprende que la inclusión laboral no puede ser letra muerta, deben hacerse mayores esfuerzos para que los empleadores comprendan que no solo hay que cumplir con la ley, sino sensibilizarse con las necesidades de las personas con discapacidad. Las personas con síndrome de Down desarrollan habilidades y capacidades que les permite autonomía para trabajar, tomar decisiones y vivir una vida lo más normal posible, por eso las oportunidades laborales deben ser reales y, además, satisfactorias. El Estado, con su conglomerado de instituciones, y la sociedad deben velar por los derechos de sus ciudadanos sin distinciones de ningún tipo. Avances hay, pero no son suficientes, hagamos más.

Por esta razón surge la Fundación Aprendo y Trabajo, que se ocupa de buscar oportunidades laborales para personas con habilidades diferentes y apoyarlas en el proceso de inserción al trabajo. Las personas con discapacidad intelectual pueden ser formadas para desenvolverse en un entorno laboral como cualquier otra persona cuando el empleador se enfoca en las habilidades y fortalezas que poseen.

El trabajo es una parte fundamental de la vida de cualquier ser humano y las personas con discapacidad pueden aspirar a concretar su proyecto de vida, y nuestro deber es apoyarlas a encontrar esa oportunidad de trabajo.

[1]Con información de https://elcapitalfinanciero.com/integracion-laboral-de-personas-con-discapacidad-en-panama/

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